El mal trago que supone despedir a un empleado
20 de Septiembre de 2016

Una de las ventajas que tiene contar con la ayuda de una asesoría de empresas de Cuatro Caminos, Madrid, se aprecia cuando llega el momento de despedir a un empleado. Ya sea porque su contrato ha finalizado, porque existen motivos económicos que los justifican o por motivos disciplinarios, todo empresario con trabajadores a su cargo debe, en algún momento, proceder al despido de alguno de ellos.

Y si nunca es una situación agradable, lo es mucho menos cuando hablamos de pequeñas empresas o trabajadores autónomos en los que habitualmente el patrono comparte horas de trabajo con el empleado que ha de despedir habiéndose creado un vínculo afectivo que va más allá de una simple relación laboral.

En estos casos siempre es de agradecer que el despido lo comunique el personal de la asesoría de empresas de Cuatro Caminos, Madrid, para dejar a un lado cualquier relación ajena a lo puramente laboral. El despido ha de comunicarse siempre por escrito al empleado, en una carta en la que figure con claridad el motivo de la decisión y la fecha en la que será efectivo. Se le presentará al empleado una copia de esa carta para que la firme reconociendo su recepción.

En el mismo momento se le debe entregar su liquidación, es decir, los salarios pendientes de recibir, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias, las vacaciones que aún no haya disfrutado y la cuantía de la indemnización que le corresponde que dependerá de muchos factores (antigüedad, fecha de contratación, etc.). Documento que también se le pedirá que firme.

Los documentos necesarios para que pueda inscribirse en el INEM los preparamos telemáticamente en el Grupo Confianza Gestión.

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